Sector: Economía
Resolución No.1952 del 17 de Agosto de 2016
18 de Agosto de 2016 | Resolución No.1952 del 17 de Agosto de 2016
Por la cual se notifica una actuación administrativa en el municipio de Magangué-Bolívar
El Secretario de Hacienda Municipal en uso de las atribuciones que le concede el Estatuto Tributario Nacional artículo 565 Par 1 y en concordancia con este, el artículo 52 numeral 10 y el artículo 376 numeral 6 del Acuerdo 034 de 2004
Y
CONSIDERANDO
Que la administración, recaudo y control de los Impuestos en el municipio de Magangué-Bolívar la ejerce la Secretaría de Hacienda Municipal. (Artículos 375 y 377 del Acuerdo 034 de 2004)
Que dentro de sus facultades está la de notificar los actos referidos a la fijación y determinación del tributo, artículos 52 y 376 numeral 6 del Acuerdo 034 de 2004
Que estos contribuyentes a la fecha no se han acercado a cancelar la liquidación del mencionado impuesto y su localización ha sido imposible, pese a todos los esfuerzos que ha desplegado la administración para conseguirla
Que se han expedido Ciento ochenta y un (181) Actos de Liquidación del Impuesto Predial Unificado por parte de la oficina de Impuestos del municipio, cuya deuda asciende a más de una vigencia
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Notificar a los contribuyentes del Impuesto Predial Unificado citados en la parte considerativa de esta resolución, tal y como lo establecen los artículos 52 numeral 10 y 376 numeral 6 del Acuerdo 034 de 2004, y acorde con el artículo 565 Par 1 del Estatuto Tributario Nacional tal como se detalla en la relación anexa:
Resolución No.1952 del 17 de Agosto de 2016
Por la cual se notifica una actuación administrativa en el municipio de Magangué-Bolívar
El Secretario de Hacienda Municipal en uso de las atribuciones que le concede el Estatuto Tributario Nacional artículo 565 Par 1 y en concordancia con este, el artículo 52 numeral 10 y el artículo 376 numeral 6 del Acuerdo 034 de 2004
Y
CONSIDERANDO
Que la administración, recaudo y control de los Impuestos en el municipio de Magangué-Bolívar la ejerce la Secretaría de Hacienda Municipal. (Artículos 375 y 377 del Acuerdo 034 de 2004)
Que dentro de sus facultades está la de notificar los actos referidos a la fijación y determinación del tributo, artículos 52 y 376 numeral 6 del Acuerdo 034 de 2004
Que estos contribuyentes a la fecha no se han acercado a cancelar la liquidación del mencionado impuesto y su localización ha sido imposible, pese a todos los esfuerzos que ha desplegado la administración para conseguirla
Que se han expedido Ciento ochenta y un (181) Actos de Liquidación del Impuesto Predial Unificado por parte de la oficina de Impuestos del municipio, cuya deuda asciende a más de una vigencia
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Notificar a los contribuyentes del Impuesto Predial Unificado citados en la parte considerativa de esta resolución, tal y como lo establecen los artículos 52 numeral 10 y 376 numeral 6 del Acuerdo 034 de 2004, y acorde con el artículo 565 Par 1 del Estatuto Tributario Nacional tal como se detalla en la relación anexa:
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Resolución No.1952 del 17 de Agosto de 2016
Por la cual se notifica una actuación administrativa en el municipio de Magangué-Bolívar
El Secretario de Hacienda Municipal en uso de las atribuciones que le concede el Estatuto Tributario Nacional artículo 565 Par 1 y en concordancia con este, el artículo 52 numeral 10 y el artículo 376 numeral 6 del Acuerdo 034 de 2004
Y
CONSIDERANDO
Que la administración, recaudo y control de los Impuestos en el municipio de Magangué-Bolívar la ejerce la Secretaría de Hacienda Municipal. (Artículos 375 y 377 del Acuerdo 034 de 2004)
Que dentro de sus facultades está la de notificar los actos referidos a la fijación y determinación del tributo, artículos 52 y 376 numeral 6 del Acuerdo 034 de 2004
Que estos contribuyentes a la fecha no se han acercado a cancelar la liquidación del mencionado impuesto y su localización ha sido imposible, pese a todos los esfuerzos que ha desplegado la administración para conseguirla
Que se han expedido Ciento ochenta y un (181) Actos de Liquidación del Impuesto Predial Unificado por parte de la oficina de Impuestos del municipio, cuya deuda asciende a más de una vigencia
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Notificar a los contribuyentes del Impuesto Predial Unificado citados en la parte considerativa de esta resolución, tal y como lo establecen los artículos 52 numeral 10 y 376 numeral 6 del Acuerdo 034 de 2004, y acorde con el artículo 565 Par 1 del Estatuto Tributario Nacional tal como se detalla en la relación anexa:
Fecha de última actualización: 18 de Agosto de 2016